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sábado 31 de enero de 2009

New Age: Los engaños de siempre...


Algunas preguntas acerca de la “Nueva Era”

Una y otra vez a lo largo de la historia el hombre ha soñado con la llegada de una ‘edad de oro’ para la humanidad, de un mundo feliz y perfecto en el que no hubiera ni enfermedad, ni pobreza, ni guerra, ni hambre, ni limitaciones, ni divisiones.

Quisiera ver el universo entero transformarse delante de sus ojos mágicamente y convertirse en algo radicalmente nuevo. Quisiera librarse definitivamente de la problemática mundial de la que él mismo es la causa.

Este sueño sigue vivo y se deja sentir con más vigor que nunca en nuestro día al acercarse el fin del milenio. Nuestro mundo, técnicamente avanzado, pero espiritualmente hambriento, experimenta una profunda desilusión frente al bienestar que no borra su pobreza, a la libertad que no quita su esclavitud y a la ciencia que no despeja su honda incertidumbre.

De unos treinta años para acá se viene formando una ola cultural/filosófica/religiosa que pretende reaccionar contra el presente estado de la humanidad y empujar la humanidad hacia una nueva conciencia, hacia una nueva forma de ser espiritual. A esta ola le llamamos la Nueva Era (New Age) y, hoy por hoy, no hay ningún aspecto de nuestra vida que no haya sentido sus efectos de alguna forma.

Las ideas y los objetivos de la Nueva Era recogen elementos de las religiones orientales, el espiritismo, las terapias alternativas, la psicología transpersonal, la ecología profunda, la astrología, el gnosticismo y otras corrientes. Los mezcla y los comercializa de mil formas, proclamando el inicio de una nueva época para la humanidad.

Pero, en el fondo, no parece ser más que otro intento vano del hombre de salvarse a sí mismo haciendo promesas que no puede cumplir y atribuyéndose poderes que no posee. Y mientras la fantasía de la Nueva Era nunca será más que fantasía, ha logrado sembrar confusión en los corazones de muchos fieles.

En este breve escrito tratamos de responder a las preguntas más frecuentes sobre la Nueva Era. El tema es complejo y ha llenado las páginas de muchos libros. Aquí sólo esperamos aclarar las dudas iniciales que surgen en torno a la materia y extender una invitación a todos los fieles y sus pastores para profundizar en el fenómeno de la Nueva Era y comprender la amenaza que representa para la integridad de la fe.
1. ¿La Nueva Era es una secta religiosa?

No. La Nueva Era no es una secta, ni una iglesia, ni una religión. Es una forma de ver, pensar y actuar que muchas personas y organizaciones han adoptado para cambiar el mundo según ciertas creencias que tienen en común. Pero no tiene jefe, ni reglas, ni doctrinas fijas, ni disciplina común.
2. ¿Por qué, entonces, se dice que es una ‘nueva religión’?

La Nueva Era habla de muchas cosas que tocan nuestra fe: Dios, la creación, la vida, la muerte, la meditación, el sentido de nuestra existencia, etc... pero no es una religión. Toma diversos aspectos de muchas religiones y también de las ciencias y de la literatura y los mezcla con cierta originalidad para dar respuestas fantásticas a las preguntas más importantes de la vida humana. A veces inclusive usa un lenguaje cristiano para expresar ideas muy contrarias al cristianismo.
3. ¿Quiénes pertenecen a la Nueva Era?
Todo tipo de persona puede formar parte de la Nueva Era. Sus líderes y pensadores suelen ser gente de la ‘revolución contracultural’ de los años 60 y 70 que rechazó los valores y los caminos religiosos tradicionales a favor del libertinaje, de la cultura de la droga, del amor libre y de los experimentos de las comunidades utópicas. Hoy sus ideas están tan difusas que gran número de personas las comparten sin un rechazo formal y evidente de su propia cultura o su estilo de vida.

4. ¿Qué cree la Nueva Era?

Lo típico de la Nueva Era es el espíritu de individualismo que permite a cada cual formular su propia verdad religiosa, filosófica y ética.

Pero hay algunas creencias comunes que casi todos los participantes de la Nueva Era comparten:

a) El mundo está a punto de entrar en un periodo de paz y armonía mundial señalado por la astrología como ‘la era de acuario’.
b) La ‘era de acuario’ será fruto de una nueva conciencia en los hombres. Todas las terapias y técnicas de la Nueva Era pretenden crear esta conciencia y acelerar la venida de la era de acuario.

c) Por esta nueva conciencia el hombre se dará cuenta de sus poderes sobrenaturales y sabrá que no hay ningún Dios fuera de si mismo.

d) Cada hombre, por tanto, crea su propia verdad. No hay bien y mal, toda experiencia es un paso hacia la conciencia plena de su divinidad.

e) El universo es un ser único y vivo en evolución hacia el pleno conocimiento de sí y el hombre es la manifestación de su auto-conciencia.

f) La naturaleza también forma parte del único ser cósmico y, por tanto, también participa de su divinidad. Todo es ‘dios’ y ‘dios’ está en todo.

g) Todas las religiones son iguales y, en el fondo, dicen lo mismo.

h) Hay ‘maestros’ invisibles que se comunican con personas que ya han alcanzado la nueva conciencia y les instruyen sobre los secretos del cosmos.

i) Todos los hombres viven muchas vidas, se van reencarnando una y otra vez hasta lograr la nueva conciencia y disolverse en la fuerza divina del cosmos.

5. ¿Qué dicen los de la Nueva Era cuando uno les hace ver que estas creencias son pura fantasía?

Cuando alguien no acepta esta absurda visión de Dios, del hombre y del mundo la Nueva Era le dice que su conciencia todavía no está iluminada y que su comprensión está condicionada por esquemas culturales que serán superados en la Nueva Era.

6. Pero ¿cómo esperan comprobar unas creencias que no corresponden en nada a la realidad?

Normalmente echan mano de testimonios de experiencias subjetivas personales que son tan imposibles de verificar como lo son de desmentir. A veces se apoyan en mitos o en leyendas de las tradiciones de los antiguos pueblos. A veces toman datos de las ciencias y los aplican a la vida espiritual del hombre como si las mismas leyes rigiesen en ambos mundos.

7. Si las cosas están así, ¿qué lugar hay en la Nueva Era para el Dios que se nos reveló en Jesucristo?

Ninguno. El Dios de la fe católica es una persona, el ‘dios’ de la Nueva Era es una fuerza impersonal y anónima El Dios de la fe católica es Creador de todo, pero no se identifica con nada de lo creado. El ‘dios’ de la Nueva Era es la creación que poco a poco se va dando cuenta de sí mismo. El Dios de la fe católica es infinitamente superior al hombre, pero se inclina hacia él para entrar en amistad con él. El Dios de la fe católica juzgará a cada hombre según su respuesta a ese amor. El ‘dios’ de la Nueva Era es el mismo hombre que está más allá del bien y del mal. En la Nueva Era el amor más alto es el amor a sí mismo.
8. ¿La Nueva Era dice algo de Jesucristo?

La Nueva Era dice que Jesucristo fue un maestro iluminado más entre muchos. Dice que la única diferencia entre Jesucristo y los demás hombres es que Él se dio cuenta de su divinidad mientras la mayoría de los hombres todavía no la descubren. De esta forma la Nueva Era le quita a Jesucristo su carácter único e irrepetible de Hijo de Dios y ridiculizan el hecho de que Dios se hizo hombre para salvarnos del pecado.
9. ¿Un católico puede aceptar la creencia en la reencarnación?

En absoluto. La reencarnación es la creencia en una cadena de regresos a esta vida bajo diverso aspecto corporal. Si fuera cierta, mi libertad sería inútil y mis decisiones, luchas, esfuerzos, sacrificios y sufrimientos en la vida no tendrían ningún valor, pues al fin y al cabo tendría que hacerlo todo de nuevo una y otra vez. Si la reencarnación fuera cierta, la pasión y muerte de Cristo no tendrían sentido y su resurrección no nos aseguraría la redención. La resurrección es la transformación definitiva del ser humano y la entrada en la eternidad. Se muere una sola vez y a la muerte sigue la resurrección y el juicio. Como dice San Pablo: «Si nuestra esperanza en Cristo es únicamente para esta vida, ¡somos los más miserables de entre los hombres!» (I Cor. 15, 13).

10. ¿La Nueva Era se confunde con el ecologismo?

Uno de los "ganchos" de este movimiento es defender, conservar y respetar el ecosistema. Lo que pretenden es alcanzar la "familia planetaria", como lo expresa el aforismo de la Nueva Era: «La familia entera es un país sin fronteras».
Hay una sacralización de la madre tierra, considerada como ser vivo y que es la diosa de la Era de Acuario, llamada Gaia entre los antiguos griegos. A esto se debe la abundancia de grupos "ecologistas", para divinizar las fuerzas de la naturaleza.
Debido a que su adoración es el centro de su "teología", gran número de brujos se adhieren y promueven el movimiento ecologista, sus iniciativas son entre otras: plantar un número de "árboles sagrados", impulsar campañas para concienciar a la población de realizar prácticas ecológicas y hacer ver el planeta como "la madre que está siendo violada" y se presiona para lograr de los gobiernos de todo el mundo una legislación que disminuya la población humana y limite el desarrollo tecnológico para sanar el planeta.
11. ¿Hay también una música que se dice ‘Nueva Era’?

Sí. La música ‘Nueva Era’ se llama así porque se inspira en algunos temas de gran interés para la Nueva Era: la naturaleza, las religiones de los pueblos antiguos, las culturas orientales, etc...
Suele ser música instrumental, mezclada con sonidos naturales, a veces muy repetitiva, otras veces sin melodía ninguna.
12. ¿Está mal escuchar esta música?

La música ‘Nueva Era’ es como cualquier otra música: una combinación de sonidos más o menos agradable al oído. Lo que podría hacerla ‘mala’ seria algún contenido dañoso (la letra) o algún uso irresponsable de la música (vg., para ayudar inducir un estado alterado de conciencia; para provocar sentimientos negativos, etc.).

13. ¿Por qué habla tanto la Nueva Era de ‘energía’?

Una de las ideas básicas de la Nueva Era es que toda la realidad visible, el hombre incluido, se reduce a una ‘energía cósmica’. Según eso, mientras el cosmos esté en fase evolutiva, su energía se manifiesta de muchas formas: una piedra, el viento, la mente humana, etc... Supuestamente hay cosas, lugares y ejercicios que pueden aumentar nuestra capacidad y nuestro control de esta energía (vg. llevarse puesto un cristal de cuarzo, visitar una pirámide u otro ‘lugar sagrado’ el día del equinoccio primaveral, realizar ciertas posturas del yoga, etc.).

14. ¿Los programas de control mental, sanación y auto-superación son un engaño?

Hay que ver y juzgar cada programa por separado. No obstante algunos programas enseñan simples técnicas de relajamiento, concentración, memoria o fortalecimiento de la voluntad que producen resultados inmediatos en sus clientes. A estas técnicas, que no tienen nada de extraordinario, las revisten de un lenguaje pseudo-científico y las ponen como un gran descubrimiento o un secreto de la sabiduría antigua. Frecuentemente se pasa de una terapia psicológica o emocional al mundo espiritual, incorporando elementos del panteísmo, del gnosticismo o de la espiritualidad oriental sin prevenir al cliente. A los resultados más modestos en el campo humano se les atribuye un carácter sobrenatural. De ahí se convence al cliente de sus ‘poderes especiales’, su ‘conciencia iluminada’, o de cualquier cosa. Lo peor es que algunos de estos programas se presentan como un complemento excelente al cristianismo cuando, en el fondo, se basan en conceptos incompatibles con la fe católica.

15. ¿Las nuevas técnicas de meditación sirven?

La Nueva Era no tiene ningún reparo en mezclar formas religiosas de tradiciones muy diversas, aun cuando hay contradicciones de fondo. Hay que recordar que la oración cristiana se basa en la Palabra de Dios, se centra en la persona de Cristo, lleva al diálogo amoroso con Jesucristo y desemboca siempre en la caridad al prójimo. Las técnicas de concentración profunda y los métodos orientales de meditación encierran el sujeto en sí mismo, le impulsan hacia un absoluto impersonal o indefinido y hacen caso omiso del evangelio de Cristo.

16. ¿Y el yoga?

El yoga es, en su esencia, un ejercicio espiritual y corporal nacido de la espiritualidad hindú. Las posturas y ejercicios, aunque se presentan como un simple método, son inseparables de su sentido propio en el contexto del hinduismo. El yoga es una introducción a una tradición religiosa muy ajena al cristianismo. La palabra ‘yoga’ significa ‘unión’. Habría que preguntarnos: ¿unión con qué?

17. ¿Por qué la Nueva Era da tanta importancia a la astrología, al horóscopo, al tarot, al contacto con los espíritus, etc...?

Las antiguas técnicas de adivinación y el espiritismo siempre han provocado la curiosidad de la gente. La Nueva Era ha señalado un renacimiento del interés en el ocultismo, la magia, la astrología y las prácticas mediánicas. Son corrientes que pretenden dotar al hombre de poderes mentales y espirituales sobrenaturales y colocarlo como dueño absoluto de su propio destino. La Nueva Era borra las distinciones entre materia y espíritu, entre lo real y lo imaginario, entre lo posible y lo imposible. Pero ningún esfuerzo de la Nueva Era logrará conciliar el ocultismo, el esoterismo o el espiritismo con la fe y la vida del católico.

18. ¿Quiénes promueven la Nueva Era?

Hay algunas organizaciones internacionales que operan en el mundo entero. Por ejemplo:

a) La Sociedad Teosófica: fundada en 1875 en Nueva York por la rusa Helena Petrovna Blavatsky (1831-1891), espiritista y médium. Su doctrina es una mezcla de espiritismo, ocultismo, principios gnósticos y espiritualidad oriental. Las creencias principales del la Sociedad incluyen la reencarnación, la comunicación con maestros desencarnados, el yoga, la astrología.

b) La Nueva Acrópolis: ‘fundada en Argentina en 1957 por Jorge Angel Livraga. Es un grupo ocultista y gnóstico inspirado principalmente en los escritos de Blavatsky y una mezcla de los conceptos de pensadores antiguos. Sus miembros buscan un estado espiritual superior a través de sugestivas ceremonias de iniciación y la utilización de muchos símbolos y ritos típicos de grupos paramilitares.

c) Control Mental Silva: fundado en Laredo, Texas, en 1966 por José Silva (n.1914), consiste en cursos breves de técnicas de control interno y concentración por las que se busca controlar las ondas mentales hasta alcanzar la Sobre-Conciencia, o el dominio total de sus estados mentales. El método contiene elementos de espiritismo y sutilmente lleva sus practicantes al panteísmo. Maneja muchos conceptos fundamentales de la Nueva Era y centra la esperanza de salvación en los poderes mentales del hombre. A pesar del hecho de que muchos de los maestros del método hablan un lenguaje ‘cristiano’ y aseguran a sus clientes que el método les ayudará en su vida espiritual hay elementos substanciales del programa incompatibles con la fe católica. Ultimamente la organización Silva en México se ha dedicado a recabar firmas de sacerdotes y monjas que aprueban el método para facilitar su promoción en ámbitos católicos.
d) La Meditación Trascendental: fundada en 1958 por Maharishi Mahesh Yogi en India pero no se popularizó hasta 1967, gracias a la publicidad ofrecida por los Beatles y otros artistas famosos de la contra-cultura de los años 60. En su doctrina, que nace del hinduismo, se busca la iluminación de la conciencia por la reflexión personal mediante la repetición de mantras (palabras sagradas) y ritos religiosos. Implícitos en las enseñanzas de la MT son el rechazo de doctrinas esenciales al cristianismo (un Dios personal, la Encarnación, la Resurrección, etc...) la veneración del Maharishi y del Guru Dev como santos y mensajeros divinos.
e) La Gran Fraternidad Universal: fundada en 1948 en Caracas por el francés Serge Reynald de la Ferrière (1916-1962), quien era muy activo con grupos de teosofía, astrología y la masonería. Su doctrina se basa en prácticas astrológicas, esotéricas y ocultistas, y afirma que todas las religiones son iguales, aunque favorece creencias y prácticas hindúes. Presenta un sincretismo religioso que apela a una ciencia superior que es la verdadera base de toda religión.
f) La Iglesia de la Cienciología / Dianética: fundada por L. Ron Hubbard (1911-1986), novelista de ciencia-ficción que en 1950 publicó Dianética: La ciencia moderna de la salud mental, un manual de autoconocimiento y desarrollo de potencialidad humana basada en el análisis de experiencias previas al nacimiento. Las asociaciones de médicos más prestigiosas de los EU han condenado repetidamente las teorías y las terapias de la Dianética como totalmente carentes de base científica y dañosas para la salud mental. Su teoría es que todos los males humanos son causados por ‘engramas’ o cargas negativas que se graban en lo inconsciente del hombre y provocan estragos continuos. Para librarse hace falta una ‘audición’ de parte de un experto que recomendará una serie de cursos que supuestamente llevará al cliente al estado de ‘claro’ o libre de ‘engramas’. La reencarnación y las experiencias extra-corporales forman parte de la doctrina de la secta. Hubbard también tiene escritos que atacan duramente al cristianismo. La Iglesia de la Cienciología ha sido definida como una secta destructiva y belicosa y sostiene muchas asociaciones de carácter social y humanitario para lograr mayor aceptación en la sociedad, por ejemplo: Narcanon y la Comisión Ciudadana de los Derechos Humanos.

Tomado de Tradición Católica.

Santoral Católico 31 de enero

  • San Juan Bosco, Confesor
  • San Francisco Javier Bianchi, Sacerdote
  • Santa Trifenia, Mártir
  • San Metrano o Metras, Mártir
  • Santos Ciro y Juan, Mártires
  • Santa Marcela, Viuda
  • San Germiniano, Obispo
  • San Eusebio, Mártir
  • Beata Paula Gambara-Costa, Matrona


SAN JUAN BOSCO
Confesor
Quien quisiere salvar su vida (obrando contra
mí), la perderá; mas quien perdiere su vida
por amor de mí, la encontrará.
(Mat. 16,25).



Nacido en 1815, San Juan Basca, hijo de humildes campesinos, perdió a su padre a la edad de dos años y fue educado por su piadosa madre Margarita. Desde de que fue elevado al diaconado, comenzó a reunir, los domingos, a los obreros y niños abandonados de Turín. Construyó para ellos un asilo y una iglesia, dedicada a San Francisco de Sales. En 1854, sentó las bases de una nueva congregación, la de los salesianos, que hoy se llaman sacerdotes de Don Bosco; en 1872, fundó las Hijas de María Auxiliadora. Murió el 31 de enero de 1888, venerado por todo el mundo por su santidad y sus milagros.
I. Aquél que odia su alma en este mundo, la conserva para la vida eterna. Estas palabras de Nuestro Señor indican la necesidad que se nos impone de mortificarnos. La ciudad de Babilonia, es decir, de los réprobos, comienza por el amor a sí mismo y termina por el odio a Dios, dice San Agustín. La ciudad de Jerusalén, es decir. de los predestinados, comienza por el odio al cuerpo y termina por el amor a Dios. El amor a Dios crecerá en ti en la misma proporción que el odio a tu cuerpo. Mide con este metro: para conocer en qué medida eres perfecto, considera en qué medida te mortificas.
II. Tu mortificación debe comenzar cortando por lo vivo todos los placeres y deseos que pudieran impedirte cumplir los mandamientos de Dios. Corta todo lo que pueda impedirte cumplir con los deberes que te impone el estado de vida que hayas abrazado. En fin, hay una mortificación que no es como la anterior, obligatoria, sino sólo de consejo; consiste en abstenerse aun de los placeres permitidos. Es la que practican las almas santas; ¿las imitas?
III. La mortificación será para ti cosa fácil, si consideras que ella te impide caer en muchas faltas. Además, eres pecador: debes, pues, hacer penitencia y mortificarte para disminuir, por compensación, lo que debes a la justicia de Dios en el purgatorio. Eres cristiano: ¡concuerda acaso el vivir en el placer y adorar a un Dios crucificado? No temas los rigores de la mortificación; ella posee dulzuras escondidas que sólo pueden gustar los que la abrazan decididamente. Ves la cruz pero no conoces sus consuelos. (San Bernardo).

La imitación de Jesucristo
Orad por la educación de la juventud.
ORACIÓN
Señor, que habéis hecho de San Juan Bosco, vuestro confesor, padre y maestro de los adolescentes, y habéis querido hacer florecer en la Iglesia, por su intermedio, nuevas familias religiosas con la ayuda de la Santísima Virgen María, haced que inflamados con el mismo amor busquemos las almas y os sir vamos sólo a Vos. Por N. S. J. C. Amén

viernes 30 de enero de 2009

Santoral Católico 30 de enero

  • Santa Martina, Virgen y Mártir
  • Santa Aldegunda, Virgen
  • Santa Batilde, Viuda
  • San Barsimeo, Obispo de Edesa
  • Santa Jacinta de Mariscotti, Virgen
  • San Lesmes, Abad y Confesor
  • Beato Sebastián Valfré, Sacerdote



SANTA MARTINA
Virgen y Mártir
Nadie puede servir a dos señores.
(Mateo 6, 24).
Santa Martina, virgen romana, quedó huérfana a una edad todavía tierna, y distribuyó entre los pobres los cuantiosos bienes que le habían dejado sus padres. Por rehusarse a sacrificar a los ídolos fue sometida a horribles torturas y, después, condenada a ser arrojada a las fieras. Respetada por éstas y habiendo, en seguida, pasado sana y salva por las llamas en las que fuera arrojada, fue, finalmente, decapitada. En el momento de su muerte, un terrible temblor sacudió la ciudad de Roma, y muchos idólatras se convirtieron a la fe cristiana.
I. Acaba Martina de perder a sus padres, y ya se desembaraza de sus riquezas para darse a Dios sin reserva. El medio que debemos emplear para ser totalmente del Señor, es el desapego del mundo. Si tu posición no te permite dar tus bienes a los pobres como hizo Martina, desapega tu corazón, por lo me nos, de las riquezas y de las vanidades mundanas. No se puede servir a dos señores a la vez, no se puede ser al mismo tiempo de Dios y del mundo. Elige, de estos dos partidos, el que te es más ventajoso. ¿Necesítase pensar mucho cuando se trata de darse a Vos, oh Dios mío?
II. Piensa en las recompensas que acuerda el mundo a los que le sirven. Salomón fue colmado de todos los bienes de la tierra, y, sin embargo, declara que todo es vanidad. Pregúntate a ti mismo. ¿No es verdad, acaso, que estás ya disgustado de los bienes del mundo apenas tienes su posesión; que nunca ha estado contento tu espíritu, y que siempre algo le ha faltado a tu felicidad? Mundo falaz, ¿por qué nos prometes tantas cosas que no puedes dar? (San Agustín).
III. Si quieres realmente confesar la verdad, convendrás conmigo en que nunca has sido más dichoso ni has estado más contento que después de haber cumplido algún acto de virtud. Si tan liberalmente Jesucristo te recompensa en este mundo, ¿qué no te reservará para el otro? Si los placeres que el demonio te ofrece están mezclados con tanta amargura, ¡cuáles no serán los tormentos que te prepara! Entrégate a Dios, y verás que no hay placer comparable al que se gusta en el servicio de este bondadosísimo Señor. ¿Qué placer más grande que el disgusto del mismo placer?


El amor de Dios
Orad por la conversión
de los idólatras.
ORACIÓN
Oh Dios, que, entre otros milagros de vuestro poder, habéis hecho obtener la victoria del martirio a una tierna niña, haced que celebrando el nacimiento al cielo de la bienaventurada Martina, virgen y mártir, nos aprovechemos de sus ejemplos para llegar hasta Vos. Por N. S. J. C. Amén.

jueves 29 de enero de 2009

Karl Rahner, ¿Teólogo Católico o Gnóstico?



por R.P. Julio Meinvielle

En el número 117 de “ La Pensée Catholique ” se publica un ar­tículo crítico del teólogo dominico Michel Guérard des Lauriers sobre la doctrina de otro teólogo, el célebre jesuita Karl Rahner.

Creemos que este trabajo es de una importancia singular y está lla­mado a suscitar un diálogo doctrinal inevitable. El P. R. es un teólogo “famoso” en la Iglesia de hoy; sus obras constituyen un verdadero “éxito”.

No hace mucho, el no menos célebre Hans Urs von Balthasar, en un librito-librazo en que descubre y describe la grave situación actual de la Iglesia, la “amenaza de perder la continuidad con el cristianismo tal como se lo entendía hasta ahora” , señala a R. como enraizado y comprometido con el idealismo alemán, que está a la base del neomodernismo fundamental que asuela a la Iglesia y carcome los cimientos de la vida cristiana.

“¿Quién no apela a Rahner - dice allí - de una manera o de otra, cuando se trata de ampliar el dogma en un sentido liberal, de trans­formar su contenido en algo “no objetivo”, algo que ... es en todo caso susceptible de cambio?”.

El diagnóstico de von Balthasar aparece ahora más certero a la luz de la lectura que G. d. L. nos ofrece de la doctrina teológica del P. R.

El artículo que comentamos es de una sobriedad ejemplar. Su “objeto” son los textos rahnerianos, su obra fundamental, los “Escritos de Teología”. Cada afirmación de G. d. L. responde a una cita de R. Su intención es descubrir los principios de la inspiración teológica del P. R. y demostrar cómo, toda su doctrina, es decir, su interpretación de la doctrina cristiana, procede sistemáticamente de esos principios. Parece haber dado con la clave, con la vertebración interna del pensamiento rahneriano, de lo que el jesuita alemán llama su “hermenéutica trascendental” (su método teológico, podríamos decir).

Para G. d. L. ese principio de: inspiración es una tesis del orden de la teoría del conocimiento, tesis que determina la antropología de R. y a través de ella, con lógica rigurosa, la teología fijada en sus es­critos. Encuentra tal principio, en la conclusión de “El Espíritu en el Mundo”: “Para Santo Tomás, abstractio y conversio son lo mismo: el Hombre”. R. identifica (y atribuye incorrectamente esa identificación al Doctor Angélico) el proceso de formación o proferición del verbo mental (el término del acto de intelección), que pone al espíritu en po­sesión de la realidad, de la esencia, del “logos” u ordenación íntima del ser, con el “retorno al fantasma” o imagen sensible, es decir, con el proceso por el cual se adquiere conciencia de la configuración del acto intelectual en cuanto que tal acto procede de un término sensible y singular. Es decir, identifica la objetividad , la estructura del ser que puede ser concebida y proferida en una definición, con la subjetividad , la contemplación de la organización interna del acto cognoscitivo, de su origen y del lazo que lo enraiza en lo sensible y singular.

“La realidad sólo es captada como inmanente al Hombre: he allí todo el rahnerismo”, sentencia G. d. L. El hombre se convierte así en la medida de todas las cosas, de toda relación entre lo creado y Dios. El hombre. rahneriano está abierto al infinito, pero en virtud de una “auto-trascendencia” de orden entitativo, de naturaleza ontológica, que le es inmanente y connatural (t. V pág. 192).

Según G. d. L., la teología de R. es una interpretación de toda la doctrina cristiana en función de tal concepción del hombre y de su poder inmanente de auto-trascendencia. Esa es la norma, la “hermenéutica trascendental”, aunque R. invoque a la Escritura, al Magisterio eclesiástico y a la doctrina tradicional.

A continuación G. d. L., examina las formulaciones que R. propone de los dogmas de la Encarnación, la Redención, la Trinidad y la Euca­ristía. Nosotros seguiremos su razonamiento y su presentación de los textos.


La Encarnación

Señala en primer lugar Guérard des Lauriers que R. concibe las relaciones de la Persona del Verbo con la Naturaleza divina y con la na­turaleza humana como relaciones del mismo orden. Ambas relaciones desempeñarían el mismo papel respecto de la Persona divina. “La fe –dice Rahner– profesa una unidad substancial, durable, indisoluble, hipostática, y la desapropiación de dos naturalezas en virtud de la misma Persona”(t. I, pág. 195).

El Verbo, así como, es El mismo según la Naturaleza divina (y permaneciendo en sí inmutable), deviene verdaderamente El mismo en virtud de la naturaleza humana, en cuanto se constituye (por la Encarnación) diferente de sí y unido a sí mismo (t. I, pág. 202).

La naturaleza humana -concluye G. d. L.- condiciona al Verbo en su Ser, así como la Naturaleza divina es idéntica a su Ser. Y acopia una serie de textos rahnerianos para avalar esta conclusión. Veamos.

“¿Qué significa (la comunicación de idiomas) si la realidad humana verdadera, atribuída al Verbo, en cuanto que El es una Persona, no lo cambia; como si esa humanidad no lo convirtiera en aquello que sin ella El no sería?” (t. I, pág. 200).

Hay un cambio en el Verbo. Dios, aun siendo inmutable, puede ser sujeto de un devenir (“Dios puede devenir algo, Aquel que es inmutable en sí mismo puede ser cambiado en otro”, [t. IV pág. 147]). El Verbo se cambia en la naturaleza humana. “Es necesario decir (ya que Dios es en sí inmutable) que el Dios inmutable en sí mismo puede cambiar, hacerse otro (propiamente: puede devenir hombre); y “cambiarse a sí mismo en otro” no está en contradicción con la inmutabilidad divina ni es, por otra parte, reductible a un “cambio del otro” (t. IV, p. 147, nota 3).

Más todavía, o dicho, de otro modo, la naturaleza humana de Cristo, a semejanza de la Naturaleza divina, es la realidad misma del Verbo. “La humanidad de Cristo – arguye R. – en su realidad concreta (de ningún modo abstracta) sólo puede tener importancia teológica si ella es, como tal y no únicamente en cuanto formalmente unida, al Verbo a posteriori, la manifestación de Dios en el mundo. Porque ella es la realidad del Verbo, forma una unidad con el Verbo” (t. I, pág. 212).

Así, por presentar a la naturaleza humana en paridad con la Naturaleza divina en su referencia al Verbo, R. concibe de: manera contradictoria la humanidad de Cristo. Por un lado, esa naturaleza humana es la realidad misma del Verbo. Por otro, esa humanidad de Dios, considerada en sí misma , “no puede recibir ni de hecho recibe la gracia de aproximarse y encontrar a Dios de una manera esencialmente otra o esencialmente superior a la que, por la gracia, está reservada efectivamente a cada hombre” (t. IV, pág. 145).

Más aún, esbozando una especie de Kenósis invertida, R. explica: “Dios ha asumido una naturaleza humana porque ésta es en sí misma abierta y asumible; porque sólo ella (a diferencia de los seres no trascendentes, objeto de definición) puede existir en un total desprendimiento de sí, que le permite realizar el acabamiento de su tendencia esencial, la cual es incomprensible” (t. IV, p. 14,3).

Por fin, ¿cuál es el significado de la Encarnación en la interpretación rahneriana? “Que Dios suscite la auto­-trascendencia del hombre y lo induzca a penetrar en su propio seno, que Dios por otra parte obre así en virtud de su absoluta auto-comunicación, que las dos cosas concurran a realizar la promesa hecha a todos los hombres y acabada en un solo: eso es la Unión hipostática” (t. V, pág. 210).

G. d. L., entiende que según R., Cristo es simplemente el Hombre que en un individuo alcanza la perfección de la cual lleva en sí una exigencia connatural: “Cristo es el caso único y supremo del cumplimiento de la realidad humana en su esencia: este cumplimiento consiste en que el hombre exista renunciando a sí mismo” (t. IV, pág. 142). Se trata – siempre siguiendo la lectura de G. d. L. – de un ascenso del hombre (y no de un descenso de Dios) insertado en un evolucionismo generalizado (cf. t. V pp. 191, 193).


La Redención

De acuerdo con su interpretación del misterio de la Encarnación, la Redención (el don de la gracia) es considerada por el P. R. como un resultado, para cada hombre, de una potencia de la humanidad a la auto-comunicación de Dios. Es obrada por Dios, pero resulta de una fuerza inmanente al Hombre, entiende G. d. L. He aquí el texto rahneriano: “Si se admite que esta comunicación original de la gracia ha sido hecha a la humanidad antes del pecado, no solamente como una exigencia sino como una potencialidad ya firmemente establecida, dado, que en su misma fuente estaba ordenada a la Encarnación y por consiguiente a la irrevocable auto-comunicación de Dios a toda la humanidad (y no en razón de que ya había comenzado a actuarse en Adán) ... entonces se tiene la idea exacta de la redención cristiana... “ (t. V, pág. 216).


La Trinidad

Según R., la tesis que pone en luz al misterio de la Trinidad “como misterio de salvación (en su realidad y no solamente en cuanto doctrina) podría formularse así: la Trinidad de la economía de la salvación es la Trinidad inmanente, e inversamente” (t. IV, pág. 115).

G. d. L., observa que esa identificación de la Trinidad en sí misma con la Trinidad en cuanto manifestada en la historia de la salvación, es un error que proviene del subjetivismo de R. Señala tres jalones: * Teniendo en cuenta que en el mundo se ha producido algo (la Encarnación) “que pertenece únicamente al Verbo, que es la historia de una de las Personas divinas y no de las otras” (t. IV, pág., 116), R. concluye que todo lo que concierne a la “economía” (el designio salvífico de Dios realizado en la historia) “puede ser dicho del Dios Trino en su conjunto y de cada persona en particular” (ib.). G. d. L., advierte una contradicción en la deducción rahneriana, pues si el Verbo es una Persona distinta (lo cual se manifiesta en la “economía” también el padre y el Espíritu Santo son Personas distintas. Y como el Verbo solo se encarnó, resulta evidente que la manifestación de la Trinidad en la historia de la salvación no es siempre, sin más, la Trinidad inmanente.

* R. sostiene que “no se puede distinguir adecuadamente entre la doctrina de la Trinidad y la doctrina de la economía” (ib.). Pero en realidad – objeta G. d, L. –, hay afirmaciones que conciernen a la Trinidad en sí misma, distintamente, aunque de hecho esas afirmaciones se hallen ligadas más o menos directamente a la historia de la salvación. Es lo que la tradición ha entendido a partir de la palabra del Señor en Juan 8,38: “Yo digo lo que he visto junto a mi Padre”.

* R. pone en duda una verdad metafísica fundamental: Dios no puede tener una relación o referencia real a una realidad distinta de El (cf. t. IV, pág. 116, nota 15). G. d. L., deduce que de la tesis rahneriana se desprende necesariamente la negación misma de esta verdad. En efecto, si se identifica la Trinidad inmanente con la Trinidad de la “economía”, y por consiguiente al Verbo encarnado según su humanidad con el Logos íntimo de la Trinidad, entonces las relaciones que el Verbo encarnado tiene según su humanidad con algo distinto de El mismo, relaciones que pertenecen al orden de lo creado, se convierten en relaciones de Dios a lo creado.

Si no se acepta su tesis – arguye finalmente R. – no se puede captar el misterio de Dios más que “de una manera verbal y nocional, por pura revelación verbal, opuesta a una revelación por la acción salvífica de Dios en nosotros”. G. d. L, responde: Otra vez R. ha suplantado el verbo por el fantasma impuesto como autosuficiente; ya que la verdad es que en esta tierra la Trinidad inmanente que el creyente abraza en su verbo está absolutamente por encima de cualquier manifestación por íntima que sea de la Trinidad percibida por el creyente en su propia interioridad”.
La Eucaristía

Sobre la Presencia de Cristo, en el Sacramento de la Cena del Señor (1. IV, pág. 357-385), distingue R. dos tipos de interpretación. Una que llama lógica y que consiste en analizar en sí mismas la palabra “Esto es mi Cuerpo”, es la explicación expresada en las fórmulas dogmáticas. Y otra, la explicación óntica, que corresponde a su “hermenéutica trascendental”, excluye tal análisis y consiste en relacionar con otros hechos el hecho constituido por la pronunciación de esas palabras.

Su interpretación, que él mismo dice expresar en tono polémico, la encuentra G. d. L., en el siguiente texto (t. IV, pág. 379-380): “Se quiere circunscribir la acción de Dios a la esfera puramente divina; entonces esa acción no está más presente y transformante en las cosas del mundo (la paz, la moral, el sepulcro, etc.) De ese modo, tal acción permanece no sólo más allá de la experiencia del que no cree (lo cual siempre es verdadero), sino también más allá de las realidades mismas de la tierra; Dios queda en el cielo; donde está el pan, no pasa nada. En esas condiciones, me parece más coherente decir: Cristo (el de la Eucaristía) no está más que en la fe, sólo en virtud de la fe está presente”.

Por otra parte, continúa R., los teólogos católicos podrían aprender algo de los cristianos evangélicos y de su teoría de la presencia “ in usu ”, es decir, durante la celebración del Sacramento (t. IV, pág. 383).

En cuanto a la Presencia real después de la comunión, R. sostiene que “la Presencia real de Cristo subsiste solamente mientras la unidad sensible del pan constituye un dato humano” (t. IV, pág. 390). O sea que cesa inmediatamente después de la deglutición, ya que el percibido entonces como tal por los sentidos externos (cf. t. IV, pág. 390).

G. d. L, objeta como deformación subjetivista el apoyo que R. busca en la enseñanza de Santo Tomás (la Presencia cesa si una partícula es demasiado pequeña) y responde que el criterio de la Presencia real es objetivo como la Presencia misma (que sólo cesa si la partícula corresponde a una desintegración de la molécula).

Hasta aquí llega este asombroso examen. La conclusión la ha expresado G. d. L., a lo largo de su artículo, y ya está dicha en la detectación de la “inspiración” del R. teólogo. Según el avisado dominico sentencia, esta inspiración es la antigua y siempre renovada inspiración de la gnosis: el Hombre, que se va convirtiendo evolutivamente hacia la fuerza divina que connaturalmente lo habita, es la medida de todas las cosas, incluso la medida del misterio de Dios.

En cuanto a nosotros, tendremos que volver a leer, con paciencia y atención los “ Escritos Teológicos ” de Rahner...

Santoral Católico 29 de enero

  • San Francisco de Sales, Obispo, Confesor y Doctor
  • San Sabiniano, Mártir
  • San Sulpicio Severo, Obispo de Bourges


SAN FRANCISCO DE SALES
Obispo, Confesor y Doctor 
Aprended de mí, que soy manso y humilde de corazón;
y hallaréis el reposo para vuestras almas.
(Mat. 11,29).
Este santo ha sido la gloria de su siglo, el modelo de los hombres apostólicos y de los obispos, el doctor universal de la piedad y del amor de Dios. Su cuerpo en Annecy y su corazón en Lyon han obrado infinidad de milagros devolviendo la salud a los cuerpos; pero su espíritu, siempre vivo en sus libros, obra maravillas mucho más sorprendentes convirtiendo a los pecadores. Tan llena está su vida de nobles acciones, que es difícil resumirla; tan conocida de todos, por otra parte, que no es necesario referirla. Murió en Lyón en 1622.
I. El corazón de San Francisco de Sales ardía con el fuego del amor divino. Este amor le hizo emprender todo lo que juzgó apto para contribuir a la gloria de Dios y a la salvación del prójimo. Sus predicaciones, sus pláticas, sus libros, son pruebas de esta verdad. ¡Ah! si amases a Dios como él, te burlarías de las riquezas, de los placeres, de los honores, y no dejarías perder las ocasiones de incitar a los demás a amar al Señor. ¡Oh Dios que sois tan amable! ¿por qué sois tan poco amado? ¡Oh fuego que siempre ardéis, fuego que nunca os extinguís, abrasad mi corazón!
II. El corazón del Santo sólo tenía dulzura y ternura para el prójimo; después de su muerte no se le encontró hiel en el cuerpo. Consolaba a los enfermos, daba limosna a los pobres, instruía a los ignorantes, y con su afabilidad trataba de que se le allegasen los pecadores, a fin de conducirlos enseguida al redil de Jesucristo.
III. Ese corazón, en fin, que era todo amor para Dios y toda dulzura para el prójimo, trataba a su cuerpo como a enemigo; para domar sus pasiones no retrocedía ante mortificación alguna, ante sacrificio alguno. Examina la causa de tus penas, Y verás que provienen de las pasiones que no supiste domeñar. Aquél que ha vencido a sus pasiones adquirió una paz duradera.
La dulzura
Rogad por la orden de la Visitación.
ORACIÓN
Dios, que habéis querido que el bienaventurado Francisco de Sales, vuestro confesor Y pontífice, fue se todo para todos para salvar a las almas, difundid en nosotros la dulzura de vuestra caridad, y haced que, dirigidos por sus consejos y asistidos por sus méritos, lleguemos al gozo eterno. Por N. S. J. C. Amén

miércoles 28 de enero de 2009

El Sacerdocio:

Doctrina del Sacramento del Orden



Verdadera y católica doctrina del sacramento del Orden, decretada y publicada por el santo Concilio de Trento en la Sesión VII, para condenar los errores de nuestro tiempo.


CAP. I. De la institución del sacerdocio de la nueva ley.

El sacrificio y el sacerdocio van de tal modo unidos por disposición divina, que siempre ha habido uno y otro en toda ley. Habiendo pues recibido la Iglesia católica, por institución del Señor, en el nuevo Testamento, el santo y visible sacrificio de la Eucaristía; es necesario confesar también, que hay en la Iglesia un sacerdocio nuevo, visible y externo, en que se mudó el antiguo. Y que el nuevo haya sido instituido por el mismo Señor y Salvador, y que el mismo Cristo haya también dado a los Apóstoles y sus sucesores en el sacerdocio la potestad de consagrar, ofrecer y administrar su cuerpo y sangre, así como la de perdonar y retener los pecados; lo demuestran las sagradas letras, y siempre lo ha enseñado la tradición de la Iglesia católica.

CAP. II. De las siete Ordenes.

Siendo el ministerio de tan santo sacerdocio una cosa divina, fue congruente para que se pudiese ejercer con mayor dignidad y veneración, que en la constitución arreglada y perfecta de la Iglesia, hubiese muchas y diversas graduaciones de ministros, quienes sirviesen por oficios al sacerdocio, distribuidos de manera que los que estuviesen distinguidos con la tonsura clerical, fuesen ascendiendo de las menores órdenes a las mayores; pues no sólo menciona la sagrada Escritura claramente los sacerdotes, sino también los diáconos; enseñando con gravísimas palabras qué cosas en especial se han de tener presentes para ordenarlos: y desde el mismo principio de la Iglesia se conoce que estuvieron en uso, aunque no en igual graduación, los nombres de las órdenes siguientes, y los ministerios peculiares de cada una de ellas; es a saber, del subdiácono, acólito, exorcista, lector y ostiario o portero; pues los Padres y sagrados concilios numeran el subdiaconado entre las órdenes mayores, y hallamos también en ellos con suma frecuencia la mención de las otras inferiores.

CAP. III. Que el orden es verdadera y propiamente Sacramento.

Constando claramente por testimonio de la divina Escritura, de la tradición Apostólica, y del consentimiento unánime de los Padres, que el orden sagrado, que consta de palabras y señales exteriores, confiere gracia; ninguno puede dudar que el orden es verdadera y propiamente uno de los siete Sacramentos de la santa Iglesia; pues el Apóstol dice: Te amonesto que despiertes la gracia de Dios que hay en ti por la imposición de mis manos: porque el espíritu que el Señor nos ha dado no es de temor, sino de virtud, de amor y de sobriedad.
CAP. IV. De la jerarquía eclesiástica, y de la ordenación.

Y por cuanto en el sacramento del Orden, así como en el Bautismo y Confirmación, se imprime un carácter que ni se puede borrar, ni quitar, con justa razón el santo Concilio condena la sentencia de los que afirman que los sacerdotes del nuevo Testamento sólo tienen potestad temporal, o por tiempo limitado, y que los legítimamente ordenados pueden pasar otra vez a legos, sólo con que no ejerzan el ministerio de la predicación. Porque cualquiera que afirmase que todos los cristianos son promiscuamente sacerdotes del nuevo Testamento, o que todos gozan entre sí de igual potestad espiritual; no haría más que confundir la jerarquía eclesiástica, que es en sí como un ejército ordenado en la campaña; y sería lo mismo que si contra la doctrina del bienaventurado san Pablo, todos fuesen Apóstoles, todos Profetas, todos Evangelistas, todos Pastores y todos Doctores. Movido de esto, decalra el santo Concilio, que además de los otros grados eclesiásticos, pertenecen en primer lugar a este orden jerárquico, los Obispos, que han sucedido en lugar de los Apóstoles; que están puestos por el Espíritu Santo, como dice el mismo Apóstol, para gobernar la Iglesia de Dios; que son superiores a los presbíteros; que confieren el sacramento de la Confirmación; que ordenan los ministros de la Iglesia, y pueden ejecutar otras muchas cosas, en cuyas funciones no tienen potestad alguna los demás ministros de orden inferior. Enseña además el santo Concilio, que para la ordenación de los Obispos, de los sacerdotes, y demás órdenes, no se requiere el consentimiento, ni la vocación, ni autoridad del pueblo, ni de ninguna potestad secular, ni magistrado, de modo que sin ella queden nulas las órdenes; antes por el contrario decreta, que todos los que destinados e instituidos sólo por el pueblo, o potestad secular, o magistrado, ascienden a ejercer estos ministerios, y los que se los arrogan por su propia temeridad, no se deben estimar por ministros de la Iglesia, sino por rateros y ladrones que no han entrado por la puerta. Estos son los puntos que ha parecido al sagrado Concilio enseñar generalmente a los fieles cristianos sobre el sacramento del Orden; resolviendo al mismo tiempo condenar la doctrina contraria a ellos, en propios y determinados cánones, del modo que se va a exponer, para que siguiendo todos, con el auxilio de Jesucristo, esta regla de fe, puedan entre las tinieblas de tantos errores, conocer fácilmente las verdades católicas, y conservarlas.
CÁNONES DEL SACRAMENTO DEL ORDEN

CAN. I. Si alguno dijere, que no hay en el nuevo Testamento sacerdocio visible y externo; o que no hay potestad alguna de consagrar, y ofrecer el verdadero cuerpo y sangre del Señor, ni de perdonar o retener los pecados; sino sólo el oficio, y mero ministerio de predicar el Evangelio; o que los que no predican no son absolutamente sacerdotes; sea excomulgado.

CAN. II. Si alguno dijere, que no hay en la Iglesia católica, además del sacerdocio, otras órdenes mayores, y menores, por las cuales, como por ciertos grados, se ascienda al sacerdocio; sea excomulgado.

CAN. III. Si alguno dijere, que el Orden, o la ordenación sagrada, no es propia y verdaderamente Sacramento establecido por Cristo nuestro Señor; o que es una ficción humana inventada por personas ignorantes de las materias eclesiásticas; o que sólo es cierto rito para elegir los ministros de la palabra de Dios, y de los Sacramentos; sea excomulgado.

CAN. IV. Si alguno dijere, que no se confiere el Espíritu Santo por la sagrada ordenación, y que en consecuencia son inútiles estas palabras de los Obispos: Recibe el Espíritu Santo; o que el Orden no imprime carácter; o que el que una vez fue sacerdote, puede volver a ser lego; sea excomulgado.

CAN. V. Si alguno dijere, que la sagrada unción de que usa la Iglesia en la colación de las sagradas órdenes, no sólo no es necesaria, sino despreciable y perniciosa, así como las otras ceremonias del Orden; sea excomulgado.

CAN. VI. Si alguno dijera, que no hay en la Iglesia católica jerarquía establecida por institución divina, la cual consta de Obispos, presbíteros y ministros; sea excomulgado.

CAN. VII. Si alguno dijere, que los Obispos no son superiores a los presbíteros; o que no tienen potestad de confirmar y ordenar; o que la que tienen es común a los presbíteros; o que las órdenes que confieren sin consentimiento o llamamiento del pueblo o potestad secular, son nulas; o que los que no han sido debidamente ordenados, ni enviados por potestad eclesiástica, ni canónica, sino que vienen de otra parte, son ministros legítimos de la predicación y Sacramentos; sea excomulgado.

CAN. VIII. Si alguno dijere, que los Obispos que son elevados a la dignidad episcopal por autoridad del Pontífice Romano, no son legítimos y verdaderos Obispos, sino una ficción humana; sea excomulgado.

DECRETO SOBRE LA REFORMA

El mismo sacrosanto Concilio de Trento, continuando la materia de la reforma, establece y decreta deben definirse las cosas que se siguen.

CAP. I. Se corrige la negligencia en residir de los que gobiernan las iglesias: se dan providencias para la cura de almas.
CAP. II. Reciban los Obispos la consagración dentro de tres meses: en qué lugar deba esta hacerse.
CAP. III. Confieran los Obispos las órdenes por sí mismos.
CAP. IV. Quiénes se han de ordenar de primera tonsura.
CAP. V. Qué circunstancias deban tener los que se quieren ordenar.
CAP. VI. Para obtener beneficio eclesiástico se requiere la edad de catorce años: quién deba gozar del privilegio del fuero.
CAP. VII. Del examen de los ordenandos.
CAP. VIII. De qué modo, y quién debe promover los ordenandos.
CAP. IX. El Obispo que ordena a un familiar, confiérale inmediatamente beneficio.
CAP. X. Los Prelados inferiores a Obispos no confieran la tonsura, ú órdenes menores, sino a regulares súbditos suyos; ni aquellos, ni los cabildos, sean los que fueren, concedan dimisorias: impónense penas a los contraventores.
CAP. XI. Obsérvense los intersticios, y otros ciertos preceptos en la colación de las órdenes menores.
CAP. XII. Edad que se requiere para recibir las órdenes mayores: sólo se deben promover los dignos.
CAP. XIII. Condiciones de los que se han de ordenar de subdiáconos y diáconos: no se confieran a uno mismo dos órdenes sagradas en un mismo día.
CAP. XIV. Quiénes deban ser ascendidos al sacerdocio.
CAP. XV. Nadie oiga de confesión, a no estar aprobado por el Ordinario.
CAP. XVI. Los que se ordenan, asígnense a determinada iglesia.
CAP. XVII. Ejerzan las funciones de las órdenes menores las personas que estén constituidas en ellas.
CAP. XVIII. Se da el método de erigir seminario de Clérigos, y educarlos en él.


CAP. I. Se corrige la negligencia en residir de los que gobiernan las iglesias: se dan providencias para la cura de almas.

Estando mandado por precepto divino a todos los que tienen encomendada la cura de almas, que conozcan sus ovejas, ofrezcan sacrificio por ellas, las apacienten con la predicación de la divina palabra, con la administración de los Sacramentos, y con el ejemplo de todas las buenas obras; que cuiden paternalmnete de los pobres y otras personas infelices, y se dediquen a los demás ministerios pastorales; cosas todas que de ningún modo pueden ejecutar ni cumplir los que no velan sobre su rebaño, ni le asisten, sino le abandonan como mercenarios o asalariados; el sacrosanto Concilio los amonesta y exhorta a que, teniendo presentes los mandamientos divinos, y haciéndose el ejemplar de su grey, la apacienten y gobiernen en justicia y en verdad. Y para que los puntos que santa y útilmente se establecieron antes en tiempo de Paulo III de feliz memoria sobre la residencia, no se extiendan violentamente a sentidos contrarios a la mente del sagrado Concilio, como si en virtud de aquel decreto fuese lícito estar ausentes cinco meses continuos; el sacrosanto Concilio, insistiendo en ellos, declara que todos los Pastores que mandan, bajo cualquier nombre o título, en iglesias patriarcales, primadas, metropolitanas y catedrales, cualesquiera que sean, aunque sean Cardenales de la santa Romana Iglesia, están obligados a residir personalmente en su iglesia, o en la diócesis en que deban ejercer el ministerio que se les ha encomendado, y que no pueden estar ausentes sino por las causas, y del modo que se expresa en lo que sigue. Es a saber: cuando la caridad cristiana, las necesidades urgentes, obediencia debida y evidente utilidad de la Iglesia, y de la República, pidan y obliguen a que alguna vez algunos estén ausentes; decreta el sacrosanto Concilio, que el beatísimo Romano Pontífice, o el Metropolitano, o en ausencia de este, el Obispo sufragéneo más antiguo que resida, que es el mismo que deberá aprobar la ausencia del Metropolitano; deben dar por escrito la aprobación de las causas de la ausencia legítima; a no ser que ocurra esta por hallarse sirviendo algún empleo u oficio de la República, anejo a los Obispados; y como las causas de esto son notorias, y algunas veces repentinas, ni aun será necesario dar aviso de ellas al Metropolitano. Pertenecerá no obstante a este juzgar con el concilio provincial de las licencias que él mismo, o su sufragáneo haya concedido, y cuidar que ninguno abuse de este derecho, y que los contraventores sean castigados con las penas canónicas. Entre tanto tengan presente los que se ausentan, que deben tomar tales providencias sobre sus ovejas, que en cuanto pueda ser, no padezcan detrimento alguno por su ausencia. Y por cuanto los que se ausentan sólo por muy breve tiempo, no se reputan ausentes según sentencia de los antiguos cánones, pues inmediatamente tienen que volver; quiere el sacrosanto Concilio, que fuera de las causas ya expresadas, no pase, por ninguna circunstancia, el tiempo de esta ausencia, sea continuo, o sea interrumpido, en cada un año, de dos meses, o a lo más de tres; y que se tenga cuidado en no permitirla sino por causas justas, y sin detrimento alguno de la grey, dejando a la conciencia de los que se ausentan, que espera sea religiosa y timorata, la averiguación de si es así o no; pues los corazones están patentes a Dios, y su propio peligro los obliga a no proceder en sus obras con fraude ni simulación. Entre tanto los amonesta y exhorta en el Señor, que no falten de modo alguno a su iglesia catedral (a no ser que su ministerio pastoral los llame a otra parte dentro de su diócesis) en el tiempo de Adviento, Cuaresma, Natividad, Resurrección del Señor, ni en los días de Pentecostés y Corpus Christi, en cuyo tiempo principalmente deben restablecerse sus ovejas, y regocijarse en el Señor con la presencia de su Pastor. Si alguno no obstante, y ojalá que nunca o si suceda, estuviese ausente contra lo dispuesto en este decreto; establece el sacrosanto Concilio, que además de las penas impuestas y renovadas en tiempo de Paulo III contra los que no residen, y además del reato de culpa mortal en que incurre; no hace suyos los frutos, respectivamente al tiempo de su ausencia, ni se los puede retener con seguridad de conciencia, aunque no se siga ninguna otra intimación más que esta; sino que está obligado por sí mismo, o dejando de hacerlo será obligado por el superior eclesiástico, a distribuirlos en fábricas de iglesias, o en limosnas a los pobres del lugar, quedando prohibida cualquiera convnción o composición que llaman composición por frutos mal cobrados, y por la que también se le perdonasen en todo o en parte los mencionados frutos, sin que obsten privilegios ningunos concedidos a cualquiera colegio o fábrica. Esto mismo absolutamente declara y decreta el sacrosanto Concilio, aun en orden a la culpa, pérdida de los frutos y penas, respecto de los curas inferiores, y cualesquiera otros que obtienen algún beneficio eclesiástico con cura de almas; pero con la circunstancia de que siempre que estén ausentes, tomando antes el Obispo conocimiento de la causa y aprobándolo, dejen vicario idóneo que ha de aprobar el mismo Ordinario, con la debida asignación de renta. Ni obtengan la licencia de ausentarse, que se ha de conceder por escrito y de gracia, sino por grave causa, y no más que por el tiempo de dos meses. Y si citados por edicto, aunque no se les cite personalmente, fueren contumaces; quiere que sea libre a los Ordinarios obligarlos con censuras eclesiásticas, secuestro y privación de frutos, y otros remedios del derecho, aun hasta llegar a privarles de sus beneficios; sin que se pueda suspender esta ejecución por ningún privilegio, licencia, familiaridad, exención, ni aun por razón de cualquier beneficio que sea, ni por pacto, ni estatuto, aunque esté confirmado con juramento, o con cualquiera otra autoridad, ni tampoco por costumbre inmemorial, que más bien se debe reputar por corruptela, ni por apelación, ni inhibición, aunque sea en la Curia Romana, o en virtud de la constitución Eugeniana. Ultimamente manda el santo Concilio, que tanto el decreto de Paulo III como este mismo se publiquen en los sínodos provinciales y diocesanos; porque desea que cosas tan esenciales a la obligación de los Pastores, y a la salvación de las almas, se graben con repetidas intimaciones en los oídos y ánimos de todos, para que con el auxilio divino no las borre en adelante, ni la injuria de los tiempos, ni la falta de costumbre, ni el olvido de los hombres.

CAP. II. Reciban los Obispos la consagración dentro de tres meses: en qué lugar deba esta hacerse.

Los destinados al gobierno de iglesias catedrales o mayores que estas, bajo cualquier nombre y título que tengan, aunque sean Cardenales de la santa Iglesia Romana, si no se consagran dentro de tres meses, estén obligados a la restitución de los frutos que hayan percibido. Y si después de esto dejaren de consagrarse en otros tantos meses, queden privados de derecho de sus iglesias. Celébrese además la consagración, a no hacerse en la curia Romana, en la iglesia a que son promovidos, o en su provincia, si cómodamente puede ser.

CAP. III. Confieran los Obispos las órdenes por sí mismos.

Confieran los Obispos las órdenes por sí mismos; y si estuvieren impedidos por enfermedad, no den dimisorias a sus súbditos para que sean ordenados por otro Obispo, si antes no los hubieren examinado y aprobado.
CAP. IV. Quiénes se han de ordenar de primera tonsura.

No se ordenen de primera tonsura los que no hayan recibido el sacramento de la Confirmación; y no estén instruidos en los rudimentos de la fe; ni los que no sepan leer y escribir; ni aquellos de quienes se conjeture prudentemente que han elegido este género de vida con el fraudulento designio de eximirse de los tribunales seculares, y no con el de dar a Dios fiel culto.
CAP. V. Qué circunstancias deban tener los que se quieren ordenar.

Los que haya de ser promovidos a las órdenes menores, tengan testimonio favorable del párroco, y del maestro del estudio en que se educan. Y los que hayan de ser ascendidos a cualquiera de las mayores, preséntense un mes antes de ordenarse al Obispo, quien dará al párroco u a otro que le parezca más conveniente, la comisión para que propuestos públicamente en la iglesia los nombres, y resolución de los que pretendieren ser promovidos, tome diligentes informes de personas fidedignas sobre el nacimiento de los mismos ordenandos, su edad, costumbres y vida; y remita lo más presto que pueda al mismo Obispo las letras testimoniales, que contengan la averiguación o informes que ha hecho.

CAP. VI. Para obtener beneficio eclesiástico se requiere la edad de catorce años: quién deba gozar del privilegio del fuero.

Ningún ordenado de primera tonsura, ni aun constituido en las órdenes menores, pueda obtener beneficio antes de los catorce años de edad. Ni este goce del privilegio de fuero eclesiástico si no tiene beneficio o si no vista hábito clerical, y lleva tonsura, y sirve para asignación del Obispo en alguna iglesia; o esté en algún seminario clerical, o en alguna escuela, o universidad con licencia del Obispo, como en camino para recibir las órdenes mayores. Respecto de los clérigos casados, se ha de observar la constitución de Bonifacio VIII, que principia: Clerici, qui cum unicis: con la circunstancia de que asignados estos clérigos por el Obispo al servicio o ministerio de alguna iglesia, sirvan o ministren en la misma, y usen de hábitos clericales y tonsura; sin que a ninguno excuse para esto privilegio alguno, o costumbre, aunque sea inmemorial.
CAP. VII. Del examen de los ordenandos.

Insistiendo el sagrado Concilio en la disciplina de los antiguos cánones, decreta que cuando el Obispo determinare hacer órdenes, convoque a la ciudad todos los que pretendieren ascender al sagrado ministerio, en la feria cuarta próxima a las mismas órdenes, o cuando al Obispo pareciere. Averigüe y examine con diligencia el mismo Ordinario, asociándose sacerdotes y otras personas prudentes instruidas en la divina ley, y ejercitadas en los cánones eclesiásticos, el linaje de los ordenandos, la persona, la edad, la crianza, las costumbres, la doctrina y la fe.

CAP. VIII. De qué modo, y quién debe promover los ordenandos.

Las sagradas órdenes se han de hacer públicamente en los tiempos señalados por derecho, y en la iglesia catedral, llamados para esto y concurriendo los canónigos de la iglesia; mas si se celebran en otro lugar de la diócesis, búsquese siempre la iglesia más digna que pueda ser, hallándose presente el clero del lugar. Además de esto, cada uno ha de ser ordenado por su propio Obispo; y si pretendiese alguno ser promovido por otro, no se le permita de ninguna manera, ni aun con el pretexto de cualquier rescripto o privilegio general o particular, ni aun en los tiempos establecidos para las órdenes; a no ser que su Ordinario dé recomendable testimonio de su piedad y costumbres. Si se hiciere lo contrario; quede suspenso el que ordena por un año de conferir órdenes, y el ordenado del ejercicio de las que haya recibido, por todo el tiempo que pareciere conveniente a su propio Ordinario.

CAP. IX. El Obispo que ordena a un familiar, confiérale inmediatamente beneficio.

No pueda ordenar el Obispo a familiar suyo que no sea súbdito, como este no haya vivido con él por espacio de tres años; y confiérale inmediatamente un beneficio efectivo, si valerse de ningún fraude; sin que obste en contrario costumbre alguna, aunque sea inmemorial.
CAP. X. Los Prelados inferiores a Obispos no confieran la tonsura, ú órdenes menores, sino a regulares súbditos suyos; ni aquellos, ni los cabildos, sean los que fueren, concedan dimisorias: impónense penas a los contraventores.

No sea permitido en adelante a los Abades, ni a ningunos otros, por exentos que sean, como estén dentro de los términos de alguna diócesis, aunque no pertenezcan a alguna, y se llamen exentos, conferir la tonsura, o las órdenes menores a ninguno que no fuere regular y súbdito suyo; ni los mismos Abades, ni otros exentos, o colegios, o cabildos, sean los que fueren, aun los de iglesias catedrales, concedan dimisorias a clérigos ningunos seculares, para que otros los ordenen; sino que la ordenación de todos estos ha de pertenecer a los Obispos dentro de cuyos Obispados estén, dándose entero cumplimiento a todo lo que se contiene en los decretos de este santo Concilio; sin que obsten ningunos privilegios, prescripciones, o costumbres, aunque sean inmemoriales. Manda también que la pena impuesta a los que impetran, contra el decreto de este santo Concilio, hecho en tiempo de Paulo III, dimisorias del cabildo episcopal en sede vacante; se extienda a los que obtuviesen dichas dimisorias, no del cabildo, sino de otros cualesquiera que sucedan en la jurisdicción al Obispo en lugar del cabildo, en tiempo de la vacante. Los que concedan dimisorias contra la forma de este decreto, queden suspensos de derecho de su oficio y beneficio por un año.
CAP. XI. Obsérvense los intersticios, y otros ciertos preceptos en la colación de las órdenes menores.

Las órdenes menores se han de conferir a los que entiendan por lo menos la lengua latina, mediando el intervalo de las témporas, si no pareciere al Obispo más conveniente otra cosa, para que con esto puedan instruirse con más exactitud de cuán grave peso es el que impone esta disciplina; debiendo ejercitarse, a voluntad del Obispo, en cada uno de estos grados; y esto, en la iglesia a que se hallen asignados, si acaso no están ausentes por causa de sus estudios; pasando de tal modo de un grado a otro, que con la edad crezcan en ellos el mérito de la vida, y la mayor instrucción; lo que comprobarán principalmente el ejemplo de sus buenas costumbres, su continuo servicio en la iglesia, y su mayor reverencia a los sacerdotes, y a los de otras órdenes mayores, así como la mayor frecuencia que antes en la comunión del cuerpo de nuestro Señor Jesucristo. Y siendo estos grados menores la entrada para ascender a los mayores, y a los misterios más sacrosantos, no se confieran a ninguno que no se manifieste digno de recibir las órdenes mayores por las esperanzas que prometa de mayor sabiduría. Ni estos sean promovidos a las sagradas órdenes sino un año después que recibieron el último grado de las menores, a no pedir otra cosa la necesidad, o utilidad de la Iglesia, a juicio del Obispo.

CAP. XII. Edad que se requiere para recibir las órdenes mayores: sólo se deben promover los dignos.

Ninguno en adelante sea promovido a subdiácono antes de tener veinte y dos años de edad, ni a diácono antes de veinte y tres, ni a sacerdotes antes de veinte y cinco. Sepan no obstante los Obispos, que no todos los que se hallen en esta edad deben ser elegidos para las sagradas órdenes, sino sólo los dignos, y cuya recomendable conducta de vida sea de anciano. Tampoco se ordenen los regulares de menor edad, ni sin el diligente examen del Obispo; quedando excluidos enteramente cualesquiera privilegios en este punto.

CAP. XIII. Condiciones de los que se han de ordenar de subdiáconos y diáconos: no se confieran a uno mismo dos órdenes sagradas en un mismo día.

Ordénense de subdiáconos y diáconos los que tuvieron favorable testimonio de su conducta, y hayan merecido aprobación en las órdenes menores, y estén instruidos en las letras, y en lo que pertenece al ministerio de su orden. Los que con la divina gracia esperaren poder guardar continencia, sirvan en las iglesias a que estén asignados, y sepan que sobre todo es conveniente a su estado, que reciban la sagrada comunión a lo menos en los domingos y días de fiesta en que sirvieren al altar. No se permita, a no tener el Obispo por más conveniente otra cosa, a los promovidos a la sagrada orden del subdiaconado, ascender a más alto grado, si por un año a lo menos no se han ejercitado en él. Tampoco se confieran en un mismo día dos órdenes sagradas, ni aun a los regulares; sin que obsten privilegios ningunos, ni cualesquiera indultos que hayan concedido a cualquiera.

CAP. XIV. Quiénes deban ser ascendidos al sacerdocio.

Los que se hayan portado con probidad y fidelidad en los ministerios que antes han ejercido, y son promovidos al orden del sacerdocio, han de tener testimonios favorables de su conducta, y sean no sólo los que han servido de diáconos un año entero, por lo menos, a no ser que el Obispo por la utilidad o necesidad de la iglesia dispusiese otra cosa, sino los que también se hallen ser idóneos, precediendo diligente examen, para administrar los Sacramentos, y para enseñar al pueblo lo que es necesario que todos sepan para su salvación; y además de esto, se distingan tanto por su piedad y pureza de costumbres, que se puedan esperar de ellos ejemplos sobresalientes de buena conducta, y saludables consejos de buena vida. Cuide también el Obispo que los sacerdotes celebren misa a lo menos en los domingos, y días solemnes; y si tuvieren cura de almas, con tanta frecuencia, cuanta fuere menester para desempeñar su obligación. Respecto de los promovidos per saltum, pueda dispensar el Obispo con causa legítima, si no hubieren ejercido sus funciones.
CAP. XV. Nadie oiga de confesión, a no estar aprobado por el Ordinario.

Aunque reciban los presbíteros en su ordenación la potestad de absolver de los pecados; decreta no obstante el santo Concilio, que nadie, aunque sea Regular, pueda oír de confesión a los seculares, aunque estos sean sacerdotes, ni tenerse por idóneo para oírles; como no tenga algún beneficio parroquial; o los Obispos, por medio del examen, si les pareciere ser este necesario, o de otro modo, le juzguen idóneo; y obtenga la aprobación, que se le debe conceder de gracia; sin que obsten privilegios, ni costumbre alguna, aunque sea inmemorial.

CAP. XVI. Los que se ordenan, asígnense a determinada iglesia.

No debiendo ordenarse ninguno que a juicio de su Obispo no sea útil o necesario a sus iglesias; establece el santo Concilio, insistiendo en lo decretado por el cánon sexto del concilio de Calcedonia, que ninguno sea ordenado en adelante que no se destine a la iglesia, o lugar de piedad, por cuya necesidad, o utilidad es ordenado, para que ejerza en ella sus funciones, y no ande vagando sin obligación a determinada iglesia. Y en caso de que abandone su lugar, sin dar aviso de ello al Obispo; prohíbasele el ejercicio de las sagradas órdenes. Además de esto, no se admita por ningún Obispo clérigo alguno de fuera de su diócesis a celebrar los misterios divinos, ni administrar los Sacramentos, sin letras testimoniales de su Ordinario.

CAP. XVII. Ejerzan las funciones de las órdenes menores las personas que estén constituidas en ellas.

El santo Concilio con el fin de que se restablezca, según los sagrados cánones, el antiguo uso de las funciones de las santas órdenes desde el diaconado hasta el ostiariato, loablemente adoptadas en la Iglesia desde los tiempos Apostólicos, e interrumpidas por tiempo en muchos lugares; con el fin también de que no las desacrediten los herejes, notándolas de superfluas; y deseando ardientemente el restablecimiento de esta antigua disciplina; decreta que no se ejerzan en adelante dichos ministerios, sino por pesonas constituidas en las órdenes mencionadas; y exhortando en el Señor a todos y a cada uno de los Prelados de las iglesias, les manda que cuiden con el esmero posible de restablecer estos oficios en las catedrales, colegiatas y parroquiales de sus diócesis, si el vecindario de sus pueblos, y las rentas de la iglesia pueden sufragar a esta carga; asignando los estipendios de una parte de las rentas de algunos beneficios simples, o de la fábrica de la iglesia, si tienen abundante renta, o juntamente de los beneficios y de la fábrica, a las personas que ejerzan estas funciones; las que si fueren negligentes, podrán ser multadas en parte de sus estipendios, o privadas del todo, según pareciere al Ordinario. Y si no hubiese a mano clérigos celibatos para ejercer los ministerios de las cuatro órdenes menores; podrán suplir por ellos, aun casados de buena vida, con tal que no sean bigamos, y sean capaces de ejercer dichos ministerios; debiendo también llevar en la iglesia hábitos clericales, y estar tonsurados.
CAP. XVIII. Se da el método de erigir seminario de Clérigos, y educarlos en él.

Siendo inclinada la adolescencia a seguir los deleites mundanales, si no se la dirige rectamente, y no perseverando jamás en la perfecta observancia de la disciplina eclesiástica, sin un grandísimo y especialísimo auxilio de Dios, a no ser que desde sus más tiernos años y antes que los hábitos viciosos lleguen a dominar todo el hombre, se les dé crianza conforme a la piedad y religión; establece el santo Concilio que todas las catedrales, metropolitanas, e iglesias mayores que estas tengan obligación de mantener, y educar religiosamente, e instruir en la disciplina eclesiástica, según las facultades y extensión de la diócesis, cierto número de jóvenes de la misma ciudad y diócesis, o a no haberlos en estas, de la misma provincia, en un colegio situado cerca de las mismas iglesias, o en otro lugar oportuno a elección del Obispo. Los que se hayan de recibir en este colegio tengan por lo menos doce años, y sean de legítimo matrimonio; sepan competentemente leer y escribir, y den esperanzas por su buena índole e inclinaciones de que siempre continuarán sirviendo en los ministerios eclesiásticos. Quiere también que se elijan con preferencia los hijos de los pobres, aunque no excluye los de los más ricos, siempre que estos se mantengan a sus propias expensas, y manifiesten deseo de servir a Dios y a la Iglesia. Destinará el Obispo, cuando le parezca conveniente, parte de estos jóvenes (pues todos han de estar divididos en tantas clases cuantas juzgue oportunas según su número, edad y adelantamiento en la disciplina eclesiástica) al servicio de las iglesias; parte detendrá para que se instruyan en los colegios, poniendo otros en lugar de los que salieren instruidos, de suerte que sea este colegio un plantel perenne de ministros de Dios. Y para que con más comodidad se instruyan en la disciplina eclesiástica, recibirán inmediatamente la tonsura, usarán siempre de hábito clerical; aprenderán gramática, canto, cómputo eclesiástico, y otras facultades útiles y honestas; tomarán de memoria la sagrada Escritura, los libros eclesiásticos, homilías de los Santos, y las fórmulas de administrar los Sacramentos, en especial lo que conduce a oír las confesiones, y las de los demás ritos y ceremonias. Cuide el Obispo de que asistan todos los días al sacrificio de la misa, que confiesen sus pecados a lo menos una vez al mes, que reciban a juicio del confesor el cuerpo de nuestro Señor Jesucristo, y sirvan en la catedral y otras iglesias del pueblo en los días festivos. El Obispo con el consejo de dos canónigos de los más ancianos y graves, que él mismo elegirá, arreglará, según el Espíritu Santo le sugiriere, estas y otras cosas que sean oportunas y necesarias, cuidando en sus frecuentes visitas, de que siempre se observen. Castigarán gravemente a los díscolos, e incorregibles, y a los que diesen mal ejemplo; expeliéndolos también si fuese necesario; y quitando todos los obstáculos que hallen, cuidarán con esmero de cuanto les parezca conducente para conservar y aumentar tan piadoso y santo establecimiento. Y por cuanto serán necesarias rentas determinadas para levantar la fábrica del colegio, pagar su estipendio a los maestros y criados, alimentar la juventud, y para otros gastos; además de los fondos, que están destinados en algunas iglesias y lugares para instruir o mantener jóvenes; que por el mismo caso se han de tener por aplicados a este seminario bajo la misma dirección del Obispo; este mismo con consejo de dos canónigos de su cabildo, que uno será elegido por él y otro por el mismo cabildo; y además de esto de dos clérigos de la ciudad, cuya elección se hará igualmente de uno por el Obispo, y de otro para el clero; tomarán alguna parte, o porción de la masa entera de la mesa episcopal y capitular, y de cualesquiera dignidades, personados, oficios, prebendas, porciones, abadías y prioratos de cualquier orden, aunque sea regular, o de cualquiera calidad o condición, así como de los hospitales que se dan en título o adminitración, según la constitución del concilio de Viena, que principia: Quia contingit; y de cualesquiera beneficios, aun de regulares, aunque sean de derecho de patronato, sea el que fuere, aunque sean exentos, aunque no sean de ninguna diócesis, o sean anexos a otras iglesias, monasterios, hospitales, o a otros cualesquiera lugares piadosos, aunque sean exentos, y también de las fábricas de las iglesias, y de otros lugares, así como de cualesquiera otras rentas, o productos eclesiásticos, aun de otros colegios, con tal que no haya actualmente en ellos seminarios de discípulos, o maestros para promover el bien común de la Iglesia; pues ha sido su voluntad que estos quedasen exentos, a excepción del sobrante de las rentas superfluas, después de sacado el conveniente sustento de los mismos seminarios; asimismo se tomarán de los cuerpos, confraternidades, que en algunos lugares se llaman escuelas, y de todos los monasterios, a excepción de los mendicantes; y de los diezmos que por cualquiera título pertenezcan a legos, y de que se suelen pagar subsidios eclesiásticos, o pertenezcan a soldados de cualquier milicia, u orden, exceptuando únicamente los caballeros de san Juan de Jerusalén; y aplicarán e incorporarán a este colegio aquella porción que hayan separado según el modo prescrito, así como algunos otros beneficios simples de cualquiera calidad y dignidad que fueren, o también prestameras, o porciones de prestameras, aun destinadas antes de vacar, sin perjuicio de culto divino, ni de los que las obtienen. Y este establecimiento ha de tener lugar, aunque los beneficios sean reservados o pensionados, sin que puedan suspenderse, o impedirse de modo alguno estas uniones y aplicaciones por la resignación de los mismos beneficios; sin que pueda obstar absolutamente constitución, ni vacante alguna, aunque tenga su efecto en la curia Romana. El Obispo del lugar por medio de censuras eclesiásticas, y otros remedios de derecho, y aun implorando para esto, si le pareciese, el auxilio del brazo secular; obligue a pagar esta porción a los poseedores de los beneficios, dignidades, personados, y de todos y cada uno de los que quedan arriba mencionados, no sólo por lo que a ellos toca, sino por las pensiones que acaso pagaren a otros de los dichos frutos; reteniendo no obstante lo que por prorata se deba pagar a ellos: sin que obsten respecto de todas, y cada una de las cosas mencionadas, privilegios ningunos, exenciones, aunque requieran especial derogación, ni costumbre por inmemorial que sea, ni apelación o alegación que impida la ejecución. Mas si sucediere, que teniendo su efecto estas uniones, o de otro modo, se halle que el seminario está dotado en todo o en parte; perdone en este caso el Obispo en todo o en parte, según lo pidan las circunstancias, aquella porción que había separado de cada uno de los beneficios mencionados, e incorporado al colegio. Y si los Prelados de las catedrales, y otras iglesias mayores fueren negligentes en la fundación y conservación de este seminario, y rehusaren pagar la parte que les toque; será obligación del Arzobispo corregir con eficacia al Obispo, y del sínodo provincial al Arzobispo, y a los superiores a este, y obligarlos al cumplimiento de todo lo mencionado; cuidando celosamente de que se promueva con la mayor prontitud esta santa y piadosa obra donde quiera que se pueda ejecutar. Mas el Obispo ha de tomar cuenta todos los años de las rentas de este seminario, a presencia de dos diputados del cabildo; y otros dos del clero de la ciudad. Además de esto, para providenciar el modo de que sean pocos los gastos del establecimiento de estas escuelas; decreta el santo Concilio que los Obispos, Arzobispos, Primados y otros Ordinarios de los lugares, obliguen y fuercen, aun por la privación de los frutos, a los que obtienen prebendas de enseñanza, y a otros que tienen obligación de leer o enseñar, a que enseñen los jóvenes que se han de instruir en dichas escuelas, por sí mismos, si fuesen capaces; y si no lo fuesen, por substitutos idóneos, que han de ser elegidos por los mismos propietarios, y aprobados por los Ordinarios. Y si, a juicio del Obispo, no fuesen dignos, deben nombrar otro que lo sea, sin que puedan valerse de apelación ninguna; y si omitieren nombrarle, lo hará el mismo Ordinario. Las personas, o maestros mencionados enseñarán las facultades que al Obispo parecieren convenientes. Por lo demás, aquellos oficios o dignidades que se llaman de oposición o de escuela, no se han de conferir sino a doctores, o maestros, o licenciados en las sagradas letras, o en derecho canónico, y a personas que por otra parte sean idóneas, y puedan desempeñar por sí mismos la enseñanza; quedando nula e inválida la provisión que no se haga en estos términos; sin que obsten privilegios ningunos, ni costumbres, aunque sean de tiempo inmemorial. Pero si fuesen tan pobres las iglesias de algunas de ellas no se pueda fundar colegio; cuidará el concilio provincial, o el Metropolitano, acompañado de los dos sufragáneos más antiguos, de erigir uno o más colegios, según juzgare oportuno, en la iglesia metropolitana, o en otra iglesia más cómoda de la provincia, con los frutos de dos o más de aquellas iglesias, en las que separadas no se pueda cómodamente establecer el colegio, para que se puedan educar en él los jóvenes de aquellas iglesias. Mas en las que tuviesen diócesis dilatadas, pueda tener el Obispo uno o más colegios, según le pareciese más conveniente; los cuales no obstante han de depender en todo del colegio que se haya fundado y establecido en la ciudad episcopal. Ultimamente si aconteciere que sobrevengan algunas dificultades por las uniones, o por la regulación de las porciones, o por la asignación, e incorporación, o por cualquiera otro motivo que impida, o perturbe el establecimiento, o conservación de este seminario; pueda resolverlas el Obispo, y dar providencia con los diputados referidos, o con el sínodo provincial, según la calidad del país, y de las iglesias y beneficios; moderando en caso necesario, o aumentando todas y cada una de las cosas mencionadas, que parecieren necesarias y conducentes al próspero adelantamiento de este seminario.
ASIGNACIÓN DE LA SESIÓN SIGUIENTE

Indica además el mismo sacrosanto Concilio de Trento la Sesión próxima que se ha de tener, para el día 16 del mes de setiembre; en la que se tratará del sacramento del Matrimonio, y de los demás puntos que puedan resolverse, si ocurrieren algunos pertenecientes a la doctrina de la fe: y además de esto tratará de las provisiones de los Obispados, dignidades, y otros beneficios eclesiásticos, y de diferentes artículos de reforma.

Prorrogóse la Sesión al día 11 de Nov. de 1563.

Santoral Católico 28 de enero

  • San Pedro Nolasco, Confesor
  • San Julián, Obispo de Cuenca
  • San Pedro Tomás, Patriarca de Constantinopla
  • San Paulino, Patriarca de Aquileya
  • Santos Leucio, Tirsio y Calinico, Mártires
  • San Juan de Reomé, Abad
  • San Amadeo, Obispo de Lausana
  • Beato Antonio de Amándola, Monje
  • Beata María de Pisa, Viuda
  • Beato Julián Maunoir, Jesuita
  • Bienaventurado Carlomagno, Emperador


SAN PEDRO NOLASCO
Confesor

Nadie tiene amor mayor que el que da su vida
por sus amigos.
(Juan, 15, 13).

San Pedro Nolasco fue toda su vida un modelo de caridad. Consagró su fortuna entera al rescate de los cristianos que caían en manos de los infieles. La Santísima Virgen se le apareció, y le ordenó fundara una orden cuya principal finalidad sería la de ejercer la caridad para con los pobres cautivos. Emprendió el santo la obra, y a la nueva orden llamó la de la Merced. Murió el día de Navidad del año 1256.



I. El primer efecto de la caridad de nuestro santo fue consagrar todos los bienes al alivio de los desventurados; por ahí debes comenzar a imitarlo. ¿Qué has hecho hasta ahora para aliviar a tu prójimo en sus necesidades? ¿Qué puedes hacer? Por lo me nos ruega a Dios por él, si no puedes hacer más. Sufre con paciencia las imperfecciones de los demás.
II. El segundo efecto de su caridad fue obligar se, con voto, a sacrificar su libertad, si era necesario, para el rescate de los cautivos. ¿Cómo comprometerías tu libertad por el prójimo, tú, que le rehúsas una moneda? Sin embargo, por ti ha pagado Jesús, y quiere que le pagues lo que le debes, en la persona del prójimo. Visita a los encarcelados, consuela a los afligidos, y cuídate de no afligir a nadie con tus palabras o tu mal humor. Esa persona a quien menosprecias, es más cara a Jesús que el mundo entero.
III. El propósito principal de este ilustre fundador fue arrancar de la perdición eterna las almas de los cristianos a quienes el tedio de una prolongada cautividad invita a renegar de la fe; así quería, al mismo tiempo, salvar el cuerpo y el alma de esos des venturados. La mejor caridad que puedes hacer a tu prójimo es contribuir a la salvación de su alma; no pierdas ocasión alguna de hacerlo, todas son preciosas.


La caridad para con el prójimo
Orad por los pobres cautivos.
ORACIÓN
Oh Dios, que enseñasteis a San Pedro Nolasco a imitar vuestra caridad, inspirándole fundara en vuestra Iglesia una nueva familia para el rescate de los cautivos, concedednos por su intercesión que, libres de la servidumbre del pecado, gocemos en el cielo de libertad perpetua. Por N. S. J. C. Amén.


martes 27 de enero de 2009

Santoral Católico 27 de enero

  • San Juan Crisóstomo, Obispo, Confesor y Doctor
  • San Julián, Obispo de Le Mans
  • San Mario o Mayo, Abad
  • San Vitaliano, Papa


SAN JUAN CRISÓSTOMO
Obispo, Confesor y Doctor
Ésta es la voluntad de Dios, que obrando bien, tapéis
la boca a la ignorancia de los hombres necios.
(1 Pedro, 2,15).

He aquí el modelo del orador cristiano; escucha sus palabras, imita sus ejemplos. A nadie deja de fustigar, porque a nadie teme; sus palabras son de oro todas, de oro abrasado por el fuego del Espíritu Santo. Su elocuencia es divina, inquebrantable su paciencia, su vida toda celestial. Aconteció su muerte en el año 407.
I. San Juan Crisóstomo predicaba tanto con sus ejemplos como con sus discursos. El buen ejemplo produce tres diferentes impresiones en nuestro espíritu. Nos hace amar lo que admiramos, pues la virtud tiene encantos que arrebatan nuestro corazón; en segundo lugar, nos hace falta desear llegar a ser semejantes a los que admiramos; en fin, facilita la práctica de la virtud. Cada uno de nosotros querría ser virtuoso si no existieran las dificultades que imaginamos que encontraremos en el camino de la virtud. El buen ejemplo derriba este obstáculo al mostrar que no es difícil hacer lo que tantos jóvenes y tantas personas delicadas hacen sin pena, y aun con placer. Ánimo, alma mía, nada han hecho los santos que no puedas llevar a cabo con la gracia de Dios.
II. Nada podemos hacer que sea más agradable a Dios, más útil al prójimo y a la salvación de nuestra a1ma, que predicar la virtud con nuestro ejemplo. Los justos, dice San Juan Crisóstomo, son cielos que narran la gloria de Dios y dan a conocer su poder y su bondad. Acaban la obra de la Redención, convirtiendo al prójimo mediante su vida santa. ¡Qué felicidad para ti, poder contribuir con tus buenos ejemplos a la conversión de un alma por la cual ha muerto Jesucristo, y que sin ti no hubiera aprovechado la sangre derramada por el Salvador! ¿Dejará Dios de recompensar tu celo?
III. Realiza todas tus acciones por el doble motivo de agradar a Dios y edificar al prójimo. Suprime tus acciones, aun las indiferentes, que puedan escandalizar a tu hermano. ¡Jesucristo murió por él, y tú no te quieres privar de un pequeño placer para con tribuir a su santificación! Señor, si no puedo predicar la modestia y la humildad desde el púlpito, las predicaré mediante una vida humilde, mediante un exterior modesto y recatado. Es el medio con que cuento para imitaros, oh Señor Jesús, a Vos que du rante treinta años nos habéis enseñado con vuestro ejemplo, y que sólo durante los tres últimos años de vuestra vida predicasteis. El testimonio de la vida es más eficaz que el de la lengua: cuando la lengua calla, hablan los actos. (San Cipriano).



El respeto por la palabra de Dios
Orad por los predicadores.
ORACIÓN
Señor, dignaos difundir cada vez más las riquezas de vuestra gracia en vuestra Iglesia, que habéis querido ilustrar con los gloriosos méritos y doctrina de vuestro confesor San Juan Crisóstomo. Por N. S. J. C. Amén.



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